martes, 24 de marzo de 2015

Tema 2 Características del delincuente sexual

Tema 2
Características del delincuente sexual


Introducción
La delincuencia y la conducta criminal se han constituido en materias que generan interés de un gran número de estudiosos, dada la complejidad de factores o posibles predictores asociados a su génesis. Sus investigaciones convergen en una disciplina común que es la Criminología: ciencia integral que estudia el comportamiento delictivo y la reacción social frente al mismo, y comparte algunos conocimientos, términos e instrumentos de investigación con otras disciplinas, como la sociología, la psicología, la medicina, la biología y el derecho (Garrido, Stangeland & Redondo, 1999).
La psicología jurídica engloba varias especialidades bien diferenciadas; aparece entre ellas y como una subespecialidad claramente distinguible la psicología forense (Sobral, Arce & Prieto, 1994). De las actuaciones del psicólogo en este ámbito, destaca la práctica pericial orientada a juzgar las alteraciones del comportamiento humano y de las relaciones interpersonales, dentro del marco que propone la ley.
Cabe preguntarse ¿qué sucede con la rehabilitación? Es cierto que algunos delincuentes son muy peligrosos, pero no es menos cierto que hay quienes podrían disminuir la reincidencia si existieran programas que resultaran efectivos. En relación a la intervención y tratamiento de los delincuentes, Garrido (1993) sostiene que es necesaria, desde el punto de vista del bienestar de los internos, de la sociedad y de los propios funcionarios penitenciarios.
Reconociendo la importancia de abordar el fenómeno delictual desde un enfoque que integre tanto el trasfondo social como la psicología de quienes delinquen, para comprender el fenómeno en su totalidad aparece relevante considerar las variables individuales, pues, si bien el individuo es un producto de la influencia ambiental, no deja por eso de ser alguien diferente del resto, con motivaciones propias y peculiares.
Por ello, para avanzar en la disminución de la delincuencia es necesario conocer las motivaciones o el funcionamiento particular del individuo que comete este tipo de actos para poder así intervenir en el diagnóstico y prevención de este fenómeno. Así, desde la psicología, tal como señala Romero (1999, citado en Sierra, Jiménez & Buela-Casal, 2006), la mayor parte de las explicaciones de la conducta criminal se ocupan de la criminalidad o tendencia a implicarse en actos delictivos.
Romero (1999, citado en Sierra et al., 2006) plantea que las principales corrientes de estudio sobre factores psicológicos explicativos de la conducta criminal se dividen en aquellas que destacan los factores de carácter psicosocial (influencia de los contextos de socialización) y aquellas que destacan las características más individuales. En esta segunda línea, las variables de personalidad más estudiadas como posibles predictoras de la conducta se dividen en una perspectiva temperamental y una corriente socio-cognitiva. En la primera se propone, entre otros aspectos, que las dificultades para reflexionar antes de actuar o para considerar las consecuencias negativas de la conducta ponen al individuo en riesgo de implicación delictiva. En el polo socio-cognitivo se han encontrado resultados contradictorios respecto de la relación entre autoestima y conducta antisocial, así como datos poco consistentes para explicar la relación que presenta con las habilidades sociales. Sin embargo, sí existe consenso para señalar que son múltiples los factores implicados en la conducta criminal y en la necesidad de estudiar los efectos moduladores (de interacción) entre diferentes factores (para una exposición completa y detallada del tema véase Romero & Luengo, 1999).
Dentro de la delincuencia violenta, destaca la de carácter sexual, por suponer un fuerte atropello a la libertad de las personas. Las agresiones sexuales constituyen un determinado tipo de parafilias conductas sexuales poco comunes o extrañas- que tienen la peculiaridad de suponer una transgresión del libre consentimiento de otra persona (Echeburúa, 1994). Según Barudy (1999), estos delitos constituyen un profundo y grave atentado a la integridad física o psicológica de las víctimas, comparable a una "tentativa de asesinato moral".
En la literatura el delito sexual es asociado a características psicológicas, en contraposición a las explicaciones más ambientalistas y sociológicas de la delincuencia común, en el sentido que esta última supone un beneficio económico y material para el delincuente (Garrido, 1993). Para conocer el perfil de los delincuentes sexuales, la investigación psicológica ha permitido obtener información valiosa sobre su personalidad, aumentando la comprensión del fenómeno de la delincuencia sexual y las posibilidades de intervención sobre el mismo.
A partir del estudio de la delincuencia sexual, autores como Echeburúa y Guerricaechevarría (2000), Barudy (1999) y Garrido (1993) describen al delincuente sexual como mayormente de sexo masculino (asociado al mayor impulso sexual y componente agresivo presente en los varones), con trastornos de la identidad, la autoestima y las capacidades para establecer y mantener relaciones interpersonales. Señalan, además, que este aparece inseguro, inmaduro, poco asertivo y con baja capacidad empática, con baja disposición para ajustarse a las normas y con una marcada tendencia a la distorsión. Diversos autores consideran a esta última como una de las características más importantes en los delincuentes sexuales. Esta característica daría cuenta de un estilo de funcionamiento en que la persona se crea una idea, se forma una opinión sobre lo que desearía que pasara y actúa como si fuera a ocurrir de verdad, sin considerar las probabilidades reales, ignorando las reglas sociales y siguiendo sus propios criterios, lo que potencia la falta de respeto por los derechos y sentimientos de los demás.
Beneyto y Garrido (1997) señalan, además, que la conducta delictiva sexual suele manifestarse junto a dificultades para establecer relaciones íntimas, emocionales y sexuales. Describen al delincuente sexual como una persona que experimenta impotencia y falta de asertividad con las mujeres, junto a un déficit en el control de su impulso sexual.
Basándose en las características observadas en los delincuentes sexuales, varios autores han formulado distintas tipologías que agruparían a los agresores sexuales dependiendo del tipo de agresión sexual, de la víctima, de la relación existente con esta y de los mecanismos psicológicos a la base de dicha conducta (Calderón, Duguet, Espinoza & Fuentealba, 2001).
Gómez (1999) señala que se pueden clasificar los agresores sexuales en cuatro grupos en función del tipo de víctima: (1) agresores sexuales en ámbito familiar, (2) agresores sexuales a desconocidas, (3) agresores sexuales a conocidas y (4) agresores sexuales a menores.
El grupo perteneciente a los agresores sexuales en ámbito familiar utiliza la confianza puesta en ellos para actuar; son agresores posesivos que utilizan el miedo para paralizar a la víctima y manifiestan un bajo nivel de autoestima.
En el grupo de agresión a desconocidas, la agresión tiene un móvil puramente agresivo y no sexual. Las principales características personales del agresor dan cuenta de pobres habilidades sociales, gran inmadurez afectiva y bajo nivel de autoestima.
El tercer grupo, agresores sexuales que han establecido una corta relación previa de tipo amistoso con la víctima, suele tener un desarrollo socializador precario, con escasos recursos personales y bajo nivel de autocontrol.
Especial mención hace Gómez (1999) a las agresiones sexuales a menores, señalando que en estos casos analizar a los agresores es muy difícil ya que estos no aceptan su autoría, dificultando efectuar una historia de la conducta problema; de los limitados datos obtenidos, deduce que el agresor considera que la relación con el menor es solo una demostración de afecto. Al tener graves dificultades de relación afectiva y sexual con los adultos, este agresor recurre a los menores sobre los que puede actuar mediante su superioridad, con lo que muestra una personalidad inmadura, desequilibrio afectivo, déficit en habilidades sociales y dificultades para establecer vínculos afectivos estables.
En todos los casos de agresores sexuales, Gómez (1999) sostiene que es posible realizar tratamiento psicológico para producir una mejoría en su estabilidad psíquica, considerando que si el agresor posee recursos intelectuales y culturales más elevados, es capaz de modificar los criterios alterados a nivel cognitivo, si bien el cambio a nivel emocional y comportamental es más difícil. A medida que desciende el nivel de recursos del agresor existe más resistencia a una modificación, aunque solo sea a nivel cognitivo, de las ideas que rigen su concepto de los roles masculino y femenino.
Debido a su escasez de recursos, el pensamiento de estos individuos es más rígido y estereotipado que lo normal. Su resistencia al cambio se fundamenta en la imposibilidad de hacer un análisis racional de los principios que han motivado la oposición y persistencia de dichas ideas.
Prevalencia de la Delincuencia Sexual
Según estadísticas entregadas por Gendarmería de Chile (Región de la Araucanía), se encontró que los delitos sexuales corresponden a un 17,3% del total de los procesados ingresados desde Diciembre de 1999 a Mayo del 2000.
Cifras recogidas en la Región de la Araucanía indican que la violación es más frecuente en niñas menores de 18 años, representando estas a un 45% de las víctimas. En cuanto a los agresores, el 59% son adultos, de los cuales la mitad tiene educación básica y solo un 13% de ellos llega a ser detenido. La sodomía afecta a menores de edad en el 57% de las denuncias, siendo el autor, en un 42% de los casos, un adulto; solo un 14% queda en calidad de detenido. Por su parte, el incesto tiene un 50% de víctimas mujeres, casi en su mayoría menores (33%) y su agresor es en un 50% varón, alcanzando un 33% la educación básica, no teniéndose registros de detenidos (Hermosilla, 1997).
En Chile, en los registros a Diciembre del 2001 los delincuentes sexuales representaban el 7,5% de los 20.568 encarcelados (Gendarmería de Chile, 2001). Se señala que los delitos sexuales son los que más cifras negras ocultan. La incertidumbre respecto a la cantidad de casos, se debe, en parte, a que no existe un registro unificado de información (Bravo, 1982). No obstante, en los últimos años, las denuncias por delitos sexuales han ido aumentando (Montoya, Díaz, Reyes, Abusleme & Garrido, 2004). En el año 2006 hubo 15.209 casos de delitos sexuales denunciados en Chile, de los cuales el 61,4% tuvo como víctima a un menor de edad. El mayor número de víctimas estuvo en el rango etario de 7 a 14 años (4.446), seguido de los adolescentes de 14 a 18 años (3.757) y de menores de 7 años (2.234). Respecto del género, las estadísticas indican una relación de cuatro mujeres por cada hombre víctima de delitos de este tipo. Además, de acuerdo a las estadísticas de victimización, un 75% de los agresores corresponde a personas cercanas a la víctima, encabezando el estado de parentesco el padre biológico de la víctima, seguido por el padrastro (La Nación, 2007, Agosto 9).
Las etapas del desarrollo según Sigmund Freud
Las etapas de Sigmund Freud.

Sigmund Freud, dividió las etapas del desarrollo del niño, para explicar su desarrollo emocional, y sus reflejos en el futuro, Freud, le llamo a estas etapas, etapas psicosexuales, ya que les asigna un papel importante a los instintos sexuales para su desarrollo.

El desarrollo de la personalidad, consiste en el despliegue de estas etapas.

Las etapas son las siguientes:

-La etapa oral:

Esta etapa se da en niños, en su primer año de vida, ya que todo lo que vean y tengan a la mano, se lo llevaran a la boca, para descubrir de que est ahecho y sentir por primera vez algo que les haga sentir bien, cuando los niños son reprimidos al hacer esto o cualquiera de las etapas, es cuando en un futuro empiezan a tener los resultados de estos momentos de represión por los padres, según Freud.

Los tipos de carácter oral experimentan trastornos en el recibir y el tomar.El recibir fallido, o sea que esta conducta se reprima, la oral, puede tomar la forma de dependencia pasiva, mientras que el tomar fallido, de igual manera, estando reprimida, resulta en manipulatividad, envidia y avaricia.

-La etapa anal:

La etapa anal es a partir de los 18 meses hasta la edad de los 3 años y medio, esta etapa se caracteriza por el aprendizaje de saber desprenderse de las cosas, y la posesión de las mismas.

esta etapa es importante porque aquí es cuando se comienza a tener conocimiento de cómo se controlan los esfínteres, de igual manera como la pasada y las otras etapas restantes, no deben de ser reprimidas ya que, según Freud, esto limitara el desarrollo emocional del niño en una edad más avanzada, o durante su crecimiento.

-La etapa fálica:

Esta etapa se desarrolla a la edad alrededor de los 3 a 5-6 años, y es cuando el niño descubre que tiene partes del cuerpo que son diferentes a los de los demás, y cuando descubre que puede sentir placer con los mismos, de esta etapa se pueden desprender dos complejos, el de Edipo y el de Electra.

Complejo de Edipo:

-Es tomado del mito griego de Edipo Rey, en el que Edipo mata a su padre, y se casa con su madre, esto se debe a la atracción que existe en el niño por su madre , en la etapa fálica, en esta etapa el padre es visto , como un rival, en el cariño de su madre.

Si esta etapa es desarrollada de una manera natural, el niño pierde la atracción sexual por su madre, y entonces adquiere la masculinidad, de su padre, si esto no sucede entonces tiene una conciencia atrofiada, que hace que tenga una actitud arrogante hacia las mujeres, según los estudios de Freud.


Complejo de Electra:

-Es una etapa parecida a la del niño, con el complejo de Edipo, solo que con la diferencia de que es en la niña, esta niña ve a su padre, sobrevalorado, es decir, no hay nadie mejor que él , y ve a su madre, como una rival.

Se dice que si esta etapa fue desarrollada naturalmente, la niña no tendrá ningún problema para entablar relaciones que sean altaneras, será debidamente modesta, es decir, alcanzará un equilibrio.


-La etapa de latencia:

Esta etapa se da entre los 6 años y los 12; es una que no es muy específica, pero si es importante, ya que en este momento es cuando se quedan guardados ya todos los sentimientos, pensamientos, creencias en uno, es cuando se forma la personalidad.


-La etapa genital:

Esta etapa, puede crear confusión en el hecho de tratarse de los órganos genitales, igual que la fálica, pero cabe recalcar que es diferente ya que la fálica era egocéntrica, es con uno mismo, y en esta etapa es cuando se termina de formar la personalidad, y entonces es cuando ya no busca el placer en el mismo, sino que ya se vuelve heterosexual, y entonces obtener placer de otras maneras.

Éstas son las etapas que forman la personalidad de un individuo según Sigmund Freud, y como podemos ver, se centra principalmente en el desarrollo de las pulsiones que tiene el sujeto en cuestión y los instintos sexuales del mismo , desarrollando asi una conducta coherente a como fue reprimido o permitido por sus padres.
Descripción: https://fbcdn-sphotos-a-a.akamaihd.net/hphotos-ak-xfa1/v/t1.0-9/1555398_616516681747642_1726489852_n.jpg?oh=49006fa1be70b1e5f000307d2b01ba92&oe=55AA91C8&__gda__=1437599231_1d6d8cb5cfa2fe0f6eeb63821fa1cbe0

martes, 24 de febrero de 2015

Mensaje de último momento

Queridos estudiantes:
Motivos de trabajo me obligan a realizar un viaje a Cochabamba, motivo por el cual no podré estar presente en la clase del día viernes, salvo caso contrario que no viaje; pero hasta el momento se encuentra confirmado.
Sin embargo estaré en línea a través del SKYPE: Susana Hurtado Rivero, para cualquier consulta en la hora de clases, para lo cual ustedes deben estar elaborando, en base a las preguntas dadas, en el cuestionario que les entregué.
A mi retorno lo evaluaré. También colgaré unos vídeos que es necesario los analicen.
Saludos
Susana Hurtado

miércoles, 18 de febrero de 2015

1. Introducción a la asignatura. Orientaciones previas





Introducción
La configuración de la Psicología Jurídica se fundamenta como una especialidad que desenvuelve un amplio y específico ámbito entre las relaciones del mundo del Derecho y la Psicología tanto en su vertiente teórica, explicativa y de investigación, como en la aplicación, evaluación y tratamiento.
Comprende el estudio, explicación, promoción, evaluación, prevención y en su caso, asesoramiento y/o tratamiento de aquellos fenómenos psicológicos, conductuales y relacionales que inciden en el comportamiento legal de las personas, mediante la utilización de métodos propios de la Psicología Científica y cubriendo por lo tanto distintos ámbitos y niveles de estudio e intervención:
• Psicología Aplicada a los Tribunales.
• Psicología Penitenciaria.
• Psicología de la Delincuencia.
• Psicología Judicial (testimonio, jurado).
• Psicología Policial y de las Fuerzas Armadas.
• Victimología.
• Mediación.
Desarrollo Histórico
Hablar de la Psicología Jurídica española es hablar del Presente. Su pasado es breve pero se deben mencionar algunos momentos históricos.
Las primeras generaciones históricas aparecen con la Ley de Sanidad Española de 1885 que crea el cuerpo llamado "Facultativos Forenses" y que es desarrollado y reorganizado por el Decreto-Ley de 1891 creando tres secciones:
1. Sección de Medicina y Cirugía.
2. Sección de Toxicología y Psicología.
3. Sección de Medicina Mental y Antropología.
Es dentro de las secciones segunda y tercera donde tienen cabida los primeros trabajos de expertos llamados en la época Prehopatas y Alienistas porque la psicopatología como hoy la concebimos no existía.
Estos autores son contemporáneos y/o discípulos de los ya históricos autores internacionales Lombroso y Mandsley y podemos destacar el Dr. Esquerdo y el Dr. Maestro.
Sus trabajos fueron conocidos por la opinión pública fundamentalmente por su intervención en peritar a famosos criminales de la época.
El siguiente hito histórico digno de mención no aparece hasta 1932 donde Emilio Mira y López publica el "Manual de Psicología Jurídica" donde esboza lo que él intuye que puede ser el futuro de la psicología en esta área.
Tras un largo silencio de 40 años aparece en la década de los 70 un fuerte empuje de los Psicólogos Penitenciarios (Alarcón Bravo) aplicando a la delincuencia el tratamiento que se desprende de la Psicología Conductista y de la Psicología de Aprendizaje. La Psicología Penitenciaria española ha fomentado de forma pionera diversos campos de la Psicología Jurídica actual.
En esta misma década, aparece la denominada Escuela de Barcelona de Psicología Jurídica, que auspicia la publicación del Anuario de Sociología y Psicología Jurídica publicado por el Colegio de Abogados de Barcelona. En 1976 se organizan en Barcelona las primeras Jornadas Internacionales de Psicología Jurídica. La culminación de este trabajo es el libro de Bayés, Muñoz-Sabaté y Munné "Introducción a la Psicología Jurídica" (1980).
Es en la década de los 80 cuando debido a diversas razones, pero fundamentalmente a la demanda social (a través de convocatorias de plazas de Psicólogos dentro de la Administración de Justicia, creación de Comisiones y Secciones de Psicología Jurídica en las diferentes Delegaciones del COP y el impulso de los trabajos de investigación dentro del ámbito universitario), el desarrollo ha sido espectacular (Garrido, 91; Romero, 91) y en estos últimos años es cuando esta especialidad está tomando cuerpo científico y profesional y aunando esfuerzos que hasta ahora habían ido por separado.
Desde un marco institucional, inmediatamente a la creación del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid (Diciembre de 1979), se forma en el 80 el primer grupo de trabajo sobre temas de Familia, Pareja, Separación y Divorcio desde una perspectiva psicológica-legal. En 1987 se constituye la Sección de Psicología Jurídica, con una Comisión Gestora integrada por diversos profesionales que juntos abarcan el amplio campo de esta disciplina. En 1990 aparece el anuario de Psicología Jurídica con el objetivo de servir de vehículo de comunicación entre los distintos profesionales del área así como divulgar la imagen del Psicólogo Jurídico.
Definición
La Psicología Jurídica es un área de trabajo e investigación psicológica especializada cuyo objeto es el estudio del comportamiento de los actores jurídicos en el ámbito del Derecho, la Ley y la Justicia.
Esta área está reconocida por Asociaciones y Organizaciones de nivel nacional e internacional de Psicología Jurídica y/o Forense.
El estado actual de la Psicología Jurídica española se puede entender según las distintas áreas en que se está trabajando, reflejadas en la introducción de este documento.
La clasificación no es unánimemente compartida debido a las peculiaridades culturales, científicas y de legislación de cada país, y así, por ejemplo, la Psicología Policial tiene un escaso o nulo desarrollo en países latinoamericanos y adquiere por el contrario un excelente nivel en países anglosajones y del este europeo.
En todo caso el campo de la Psicología Jurídica que estamos intentado definir según va consolidando sus tareas de forma específica debe establecer sus límites y sus estados fronterizos con otras áreas psicológicas con las cuáles colabora interdisciplinarmente.
Las funciones del Psicólogo Jurídico en el ejercicio de su Rol Profesional incluye entre otras, las siguientes funciones:
1. Evaluación y diagnóstico
En relación a las condiciones psicológicas de los actores jurídicos.
2. Asesoramiento
Orientar y/o asesorar como experto a los órganos judiciales en cuestiones propias de su disciplina.
3. Intervención
Diseño y realización de Programas para la prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los actores jurídicos bien en la comunidad, bien en el medio penitenciario, tanto a nivel individual como colectivo.
4. Formación y educación
Entrenar y/o seleccionar a profesionales del sistema legal (jueces y fiscales, policías, abogados, personal de penitenciarías, etc.) en contenidos y técnicas psicológicas útiles en su trabajo.
5. Campañas de prevención social ante la criminalidad y medios de comunicación
Elaboración y asesoramiento de campañas de información social para la población en general y de riesgo.
6. Investigación
Estudio e investigación de la problemática de la Psicología Jurídica.


7. Victimología
Investigar y contribuir a mejorar la situación de la víctima y su interacción con el sistema legal.
8. Mediación
Propiciar soluciones negociadas a los conflictos jurídicos, a través de una intervención mediadora que contribuya a paliar y prevenir el daño emocional, social, y presentar una alternativa a la vía legal, donde los implicados tienen un papel predominante.

Procedimientos, Técnicas e Instrumentos

El Psicólogo Jurídico utiliza en su trabajo técnicas de evaluación psicológica al uso, esforzándose en desarrollar instrumentos de evaluación adecuados al contexto de aplicación.

Ámbitos de Actuación

De una manera más específica podemos considerar el Rol del Psicólogo Jurídico y sus funciones según las áreas anteriormente mencionadas:
1. Psicología Aplicada a los Tribunales
La Psicología Aplicada a los Tribunales o Forense se refiere a aquéllas actividades que el Psicólogo puede realizar en el "FORO":
• Psicología Jurídica y el Menor.
• Psicología Aplicada al Derecho de Familia.
• Psicología Aplicada al Derecho Civil, Laboral y Penal.
La Psicología Jurídica y el Menor
Las Instituciones dedicadas al menor son en todos los países y también en España, áreas de trabajo que deben ser objeto de una política global que se desarrolla desde diferentes ámbitos: educativo, sanitario, servicios sociales, etc., (Bajet, 1990) y por tanto también desde la Justicia. Es desde esta Institución donde tiene sentido hablar de Psicología Jurídica y el Menor.
En la actualidad los Juzgados de Menores cuentan con psicólogos que trabajan en colaboración directa con jueces y fiscales (Ley 4/92 y nuevo Código Penal) en equipos multiprofesionales para resolver conductas ilegales realizadas por menores.
Mediante estudios, el psicólogo debe informar sobre la situación del menor y cuáles son las posibilidades de su reeducación y tratamiento. De esta forma el psicólogo ayuda a que la Justicia module la aplicación legal a criterios científicos.
La entidad pública (Comunidades Autónomas) será la encargada de aplicar las medidas educativas impuestas por el Juez, donde el psicólogo realiza una gama de intervenciones como son el diseño y seguimiento del tratamiento.
Sus funciones en los Juzgados de Menores son:
• Emitir los informes técnicos de la especialidad, solicitados por el Juez o el Fiscal.
• Asesorar las medidas que deben ser aplicadas.
• Seguimiento de las intervenciones.
En otras Instituciones:
• Planificar el funcionamiento del Centro.
• Aplicación de tratamientos individuales y colectivos.
• Elaboración y aplicación de programas en medio abierto.
• Técnicas de Mediación.
En estos Juzgados el Rol profesional está regulado por Ley, en el resto de las Instituciones dependiendo de su organización (institucionales, semiinstitucional o privadas) puede sufrir alteraciones.
La Psicología aplicada al Derecho de Familia
Desde la creación en España de la Ley del divorcio (Ley 30/81) se han ido incorporando a los Juzgados de Familia profesionales distribuidos básicamente en las capitales de Provincia.
Los psicólogos deben asesorar al Juez en los procesos de Separación y Divorcio en las medidas a adoptar respecto a los hijos y en otras situaciones tales como nulidad, matrimonio de menores; también en los casos sobre acogimientos y adopciones.
El psicólogo del Juzgado de Familia no sólo debe evaluar cómo afecta a los hijos la separación, sino que también puede diseñar programas que apunten a positivizar situaciones difíciles que los menores se van a encontrar.
El psicólogo, desde el ámbito privado puede actuar como asesor del juez (actuando como perito), del abogado que reclama sus servicios y como colaborador del abogado en la resolución del procedimiento familiar en todos los momentos del mismo y con un enfoque interdisciplinar (Bernal y Martín, 1990).
Sus funciones en los Juzgados de Familia son:
• Emitir los informes técnicos de la especialidad solicitados por el Juzgado en los procesos de rupturas de parejas con hijos (separación, divorcio, nulidad e incidentes de modificación).
• Emitir los informes de la especialidad en otras situaciones que plantea el derecho de familia: tutelas, acogimiento, adopciones, autorizaciones para contraer matrimonio, etc.
• Seguimiento de los casos.
• Asesoramiento a los jueces y fiscales.
En otras Instituciones:
• Mediación familiar.
• Peritajes privados.
• Peritajes y asesoramiento con Tribunales Eclesiásticos.
En el ámbito Privado:
• Perito.
• Asesor del Abogado.
• Colaborador con el Abogado (trabajo interdisciplinar en todo el procedimiento).
• Mediador.
La psicología aplicada al Derecho Civil
La actividad del Psicólogo en relación al Derecho Civil, se enfoca en el asesoramiento y en el peritaje de diversos constructos jurídicos como la capacidad civil en la toma de decisiones (contratos, testamentos tutelares, cambio de sexo, esterilización de deficientes, etc.). Y en todas aquéllas situaciones susceptibles del trabajo en el campo psicológico dentro del Derecho Civil.
En el ámbito Privado:
• Perito.
• Asesor del Abogado.
• Colaborador con el Abogado (trabajo interdisciplinar en todo el procedimiento).
• Mediador.
La Psicología aplicada al Derecho Laboral
En el ámbito del Derecho Laboral el psicólogo suele ser requerido para asesorar a los Juzgados en materia de secuelas psicológicas en accidentes laborales, simulación, y en problemas psicofisiológicos que contempla la nueva Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
En el ámbito Privado:
• Perito.
• Asesor del Abogado y Comités de Seguridad e Higiene.
• Colaborador con el Abogado (trabajo interdisciplinar en todo el procedimiento) y Comités.
• Mediador.
La Psicología aplicada al Derecho Contencioso Administrativo
Su ámbito de actuación es la elaboración de informes, tanto sobre minusvalías no contributivas, controvertidas, así como sobre sistemas de valoración y calificación en procesos de selección o ascensos de personal que realizan las administraciones públicas.
La Psicología aplicada al Derecho Penal
Una tarea básica de los Psicólogos Forenses es el diagnóstico y evaluación de personas implicadas en procesos penales que servirá de asesoramiento a los Jueces y Tribunales, para determinar las circunstancias que puedan modificar la responsabilidad criminal, daño moral, secuelas psíquicas, etc....
Existen algunos profesionales que trabajan en las clínicas forenses a disposición de Juzgados y Tribunales, y también comienzan a ejercer sus funciones en los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria. Fundamentalmente estos psicólogos están haciendo diagnóstico-pericial de presuntos delincuentes y de víctimas.
Sus funciones son:
• Emitir informes sobre psicología del Testimonio.
• Emitir informes para Jueces y Tribunal de acusados y víctimas.
• Seleccionar y dinamizar los Jurados.
• Asesorar y mediar en asuntos de Vigilancia Penitenciaria.
En el ámbito Privado:
• Perito.
• Asesor del Abogado.
• Colaborador con el Abogado (trabajo interdisciplinar en todo el procedimiento).
• Mediador.
2. Psicología Penitenciaria
Los Psicólogos entran a formar parte de las Instituciones Penitenciarias La Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) da importancia especial a la Psicología hasta el punto que el Reglamento penitenciario en los siguientes principios:
1. Estará basado en el estudio científico de la constitución, el temperamento, el carácter, las aptitudes y las actitudes del sujeto a tratar, así como de su sistema dinámico, motivacional y del aspecto evolutivo de su personalidad, conducente a un enjuiciamiento global de la misma.
2. Guardará relación directa con un diagnóstico de personalidad criminal.
3. Será individualizado.
4. En general será complejo.
5. Será programado.
La psicopatología criminal es una parcela compleja y multicausal que necesita de diversas y continuadas valoraciones y que deben empezar en el mismo momento que se produce una detención.
Las funciones que desempeña el Psicólogo de Instituciones Penitenciarias son diversas y están detalladas en el Reglamento Penitenciario:
• Estudiar la personalidad de los internos desde la perspectiva de la ciencia de la Psicología y conforme a sus métodos, calificando y evaluando sus rasgos temperamentales, caracteriales, aptitudes, actitudes y sistema dinámico-motivacional, y en general todos los sectores y rasgos de la personalidad, que juzguen de interés para la interpretación y comprensión de ser y actuar del observado.
• Definir la aplicación y corrección de los métodos psicológicos más adecuados para el estudio de cada interno. Interpretar y valorar las pruebas psicométricas y las técnicas proyectivas, realizando la valoración conjunta de éstas con los demás datos psicológicos, correspondiéndole la redacción del informe psicológico final, que se integrará en la propuesta de clasificación o en el programa de tratamiento.
Algunas funciones ya mencionadas están en el Reglamento Penitenciario. El psicólogo deberá atender ante los requerimientos de los Tribunales, Jueces y Miembros del Ministerio Fiscal, en orden a los exámenes de personalidad de los acusados previos a la sentencia.
3. Psicología Judicial (Testimonio, Jurado)
En esta área de la Psicología Jurídica podríamos incluir como más representativas a la Psicología del Testimonio y la Psicología del Jurado que son áreas de creciente interés.
En cuanto al testimonio que es un acto fundamental en nuestro derecho procesal, deberíamos señalar las aportaciones de la Psicología del Testimonio, que consiste en el conjunto de conocimientos basados en resultados de investigación de los campos de la Psicología Experimental y Social, que intentan determinar la calidad (exactitud y credibilidad) de los testimonios, que sobre los delitos, accidentes o sucesos cotidianos, prestan los testigos presenciales.
Respecto al Jurado han sido varios los focos de investigación previos a la redacción del jurado recientemente aprobada. En su aplicación, el psicólogo trabaja en la valoración de los jurados, así como investigando los procesos de toma de decisión, influencia social, etc.
4. Psicología Policial y de las Fuerzas Armadas
Se trabaja en gabinetes y departamentos psicológicos para realizar funciones de Selección y Formación de personal, siendo estas actuaciones clásicas de la Psicología del Trabajo y de las Organizaciones aplicadas al medio policial.
A la Selección y Formación de policías como tarea tradicional de la Psicología Policial, se están incorporando otras tareas más complejas como son la formación especializada de mandos intermedios y oficiales, así como la creación y puesta en marcha de grupos especiales (Unidades de menores, delitos contra la sexualidad, etc.). Todos ellos cuentan con una formación técnica especializada, incluyendo en sus planes de formación de policías temas de criminología, delincuencia, dinámica de grupos, habilidades sociales, manejo de situaciones críticas, psicopatología criminal, psicología del testimonio, etc. (Pinillos, 1991).
Sus funciones son:
• Selección de Personal.
• Formación general y/o específica.
• Estudios de Clima social y laboral.
• Análisis de Puestos de trabajo.
En relación a las Fuerzas Armadas, la Psicología Jurídica Militar goza de la misma ampliación y desarrollo que la Psicología Militar, siendo cada vez más el número de psicólogos militares que trabajan y se interesan por esta área.
Las principales aportaciones de la Psicología Jurídica Militar se centran en tres cometidos:
1. Trabajos afines a la "Psicología Jurídica Civil". Realización de peritajes psicológicos efectuados tanto a personal militar profesional como a militares de reemplazo, así como a personal civil relacionado con el estamento militar, ante diversos tribunales, en su mayoría de carácter médico - sanitario. También se realizan intervenciones en el ámbito de la Prisión Militar, perteneciendo a los equipos de Observación y Tratamiento.
2. Estudios de psicología jurídica sobre áreas específicamente militares: de carácter eminentemente práctico por su implicación en los mismos, se llevan a cabo sobre aquellos temas relacionados con las Fuerzas Armadas que tienen un gran interés, tal y como las implicaciones psicológico-jurídicas del ingreso de mujeres militares; la repercusión de la normativa que regula la objeción de conciencia y el problema asociado de la insumisión; ordenación legal de la psicología militar, etc.
3. Estudios teóricos sobre áreas concretas, en las que se involucran las Fuerzas Armadas: como es por ejemplo, los aspectos legales de la aplicación de las reglas y usos de la guerra psicológica, componentes legales y su implicación psicológica en el concepto de la "defensa de la comunidad", etc."
5. Victimología
La atención a las Víctimas es una de las áreas de máximo interés e indiscutible desarrollo en España, sobre todo en asuntos especialmente significativos como abusos sexuales, malos tratos, etc.
Recientemente ha entrado en vigor la nueva ley de asistencia a víctimas de delitos de actos violentos y delitos contra la libertad sexual, donde se contemplan la creación de oficinas y asistencia psicoterapéutica a las víctimas en la sede de los Juzgados.
La atención a Víctimas debería abarcar los siguientes aspectos (Soria, 1991):
1. Intervención global sobre el conjunto del proceso de victimización, abarcando desde los aspectos preventivos hasta los de segunda victimización.
2. Una atención integral centrada en los ámbitos psico-socio-jurídicos.
3. La realización de estudios victimológicos a gran escala que permitan mejorar tareas de prevención e intervención (Kury, 1990).
Sus funciones son:
• Atención, tratamiento y seguimiento de víctimas en sus diferentes grados.
• Estudio, planificación y prevención en grupos de riesgo, y campañas divulgativas a la población general.


6. Mediación
La mediación es una alternativa a la forma tradicional de acudir a la justicia en busca de solución. La solución no viene dada del exterior, sino que la realizan las propias partes en conflicto con la ayuda de un tercero imparcial, el mediador, que trata de ayudarles para que éstas consigan acuerdos consensuados que les permitan una salida pacífica de la situación conflictiva. La base de esta nueva técnica está en una manera de entender las relaciones individuo-sociedad distinto, sustentado por la autodeterminación y la responsabilidad que conducen a un comportamiento cooperativo y pacífico. El mayor protagonismo de los interesados en la resolución de sus propios conflictos, eleva la satisfacción psicológica de éstos, acrecienta su autoestima y fomenta comportamientos de ayuda a los demás, básicos para el desarrollo de una sociedad más justa y solidaria (Bernal, 1992a, 1995b).
En los últimos diez años las investigaciones sobre mediación han ido incrementándose, como ejemplo de la rápida expansión de la mediación en la práctica; y en la actualidad esta técnica se utiliza en conflictos diversos: laborales, penales, civiles, comerciales, administrativos, intervención policial, toma de decisiones en organizaciones, etc. En España, la mediación se ha desarrollado en el ámbito familiar con la aprobación y puesta en marcha (Septiembre de 1990), por parte del Ministerio de Asuntos Sociales, del primer programa público de mediación para las parejas que van a iniciar la separación o el divorcio (Bernal, 1992a). En la actualidad existen varias experiencias en los temas familiares, tanto desde el ámbito público, privado como subvencionado y se ha comenzado la aplicación del uso de la mediación en otros campos.
Funciones del Mediador:
• Preparar un contexto adecuado para que las partes puedan comunicarse.
• Diseñar el proceso de mediación.
• Ofertar a las partes herramientas que les permitan manejar el conflicto.
La mediación proporciona una forma racional de resolver aquellos conflictos que tienen difícil solución o representan un coste elevado para los ciudadanos y para la sociedad. La relevancia que las relaciones interpersonales tienen en todo proceso conflictivo hace necesario una intervención no exclusivamente legal, basada en un enfoque interdisciplinar y que la mediación propicia. Igualmente la mediación favorece la comunicación entre las partes y la consolidación de los acuerdos. La mediación así entendida, favorece la libertad y la responsabilidad de las personas y se inscribe en un proceso de democratización de la vida social, aceptando la diversidad y regulando los conflictos desde una óptica pacífica (Bernal, 1994).
El Psicólogo Jurídico necesita una formación especializada. Esta puede estructurarse en un bloque de materias generales y otro de específicas.

1. Conocimientos Específicos e Interrelacionados con Otras Materias
Psicología y Ley
• Introducción a la Psicología Jurídica.
• Presupuestos y conceptos comunes y divergentes entre Psicología y Derecho.
Psicología de la Familia y de las Relaciones Familiares
• Derecho de Familia.
• Evolución de la familia y características de las crisis y conflictos familiares.
• Evaluación familiar.
• Familia y Protección de Menores: acogimientos, adopción nacional e internacional.
Psicología y Sistema Penitenciario
• El contexto del sistema carcelario.
• Efectos psicológicos del encarcelamiento.
• Alternativas al encarcelamiento.
• Derecho Penitenciario.
• Evaluación psicológica en el contexto penitenciario.
• Programas de intervención.
Evaluación Psicológica Forense
1. Aspectos metodológicos
• Prueba pericial.
• Técnicas de evaluación psicológica y forense.
• Desarrollo de instrumentos de evaluación forense.
• Informe psicológico.
2. Peritaje Psicológico, ámbitos de aplicación
• Evaluación psicológica de la responsabilidad.
• Implicaciones psicológicas forenses de los principales trastornos psicopatológicos.
• Aspectos psicológicos de la separación, el divorcio, y la adopción.
• Valoración psicológica de medidas legales respecto a menores.
Sistema Judicial y Procesos Psicológicos
• Toma de decisiones legales.
• Psicología del testimonio y Psicología del Jurado.
• Aspectos Psicológicos de la corrupción.
• Psicología y medios de comunicación.
Psicología de la Delincuencia
• Modelos de intervención.
• Psicología de la conducta criminal.
Psicología Jurídica y el Menor
• Sistema legal de protección a la infancia.
• Justicia de menores.
Mediación
• Mediación: concepto.
• Técnicas de mediación.
• Modelos y programas de mediación.
Victimología
• La Víctima ante el sistema Jurídico. Evaluación Psicología de víctimas.
• Programas de atención a la víctima.
La Psicología y los Cuerpos de Seguridad
• Psicología policial y militar.

El Peritaje Psicológico
• La prueba pericial.
• El informe psicológico.
• El Psicólogo ante el Órgano Judicial.
• Aspectos psicológicos de la separación, el divorcio y la adopción.
• Valoración psicológica de medidas legales respecto a los menores.
Aspectos Deontológicos
2. Conocimientos Auxiliares
• Principios Generales del derecho.
• Los órdenes jurisdiccionales.
• Conceptos básicos de Derecho Civil, Penal, Procesal.
• Conceptos complementarios del Derecho Penitenciario, Canónico, Laboral y del Menor.
2. Conocimientos Complementarios
En los casos en que la formación se aplique a áreas de población con necesidades especiales se deben incluir contenidos específicos propios de tales campos como minusvalía, tercera edad, marginación, etc. como conocimientos y contenidos básicos auxiliares que completen su formación.
Acreditación
A. Requisito imprescindible ser Licenciado en Psicología y estar colegiado en el Colegio Oficial de Psicólogos.
B. Siguiendo criterios no excluyentes se proponen 3 vías:
1. Haber realizado cursos reconocidos por el COP en instituciones públicas o privadas acreditadas, universidades u otros centros oficiales.
2. Acreditar la realización de prácticas en Psicología Jurídica supervisadas por organizaciones o personas reconocidas para ello.
3. Acreditar experiencia profesional en el área.
Todo ello deberá ser acreditado a través de:
• Diplomas o Certificados expedidos por las entidades formativas.
• Certificados de prácticas.
• Certificados de las entidades donde se ha desarrollado la experiencia profesional.